La Sección de vacaciones del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada Concepción Espejel Jorquera, presidenta, el magistrado César Tolosa Tribiño y la magistrada Laura Díez Bueso, ha acordado inadmitir el recurso de amparo núm. 5439-2023, interpuesto por don Carles Puigdemont i Casamajó y don Antoni Comin i Oliveres dada la manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo.
La Sección de vacaciones previamente declara su competencia para conocer sobre la decisión de admisión del citado recurso de amparo, al venir esta exigida por la necesidad de resolver sobre la solicitud de adopción de la medida cautelarísima solicitada de suspensión de una resolución judicial que acuerda la privación de libertad.
La resolución ha sido dictada por mayoría con el voto particular de la magistrada Laura Diez Bueso, que disiente de la mayoría al considerar que la Sección no debió resolver por no ser urgente la decisión sobre la suspensión de las medidas cautelarísimas y por considerar que, en su caso, el recurso de amparo debió ser admitido.
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